II PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE OMBRE Y MUJERES DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA POLA

 ANALISIS DEL II PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA POLA 2018-2020

1.    PRESENTACIÓN DEL PLAN

El II Plan de Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres del Ayuntamiento de Santa Pola (Alicante) para el periodo (2018-2020) el cual es una prórroga del I Plan de Igualdad del 2012, obedece al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, en su artículo 45. El marco legal es:

-           de ámbito internacional, situando la igualdad entre mujeres y hombres en la centralidad de las políticas públicas y erradicando la discriminación en todos los ámbitos, incluyendo el mercado laboral mediante:

o   La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW)

o   La plataforma de Acción de Beijing´95

o   Los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

o   La Carta Social Europea

-          de ámbito comunitario:

o   El Tratado de la Unión Europea (TUE)

o   El Tratado de Amsterdam

o   Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)

o   Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea

o   Directivas Comunitarias sobre Igualdad

o   Programas comunitarios para la igualdad entre mujeres y hombres

o   Plan de trabajo para la igualdad entre mujeres y hombres

o   Plan de Acción de la UE en materia de género

o   La Recomendación del Consejo de las Comunidades Europeas

o   La Carta Europea para la igualdad de mujeres y hombres en la vida local

 

-          de ámbito nacional:

o   Constitución Española 1978

o   Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

o   Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de Octubre

-          de ámbito regional:

o   Ley 9/2003 de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre mujeres y hombres, especialmente en su Título II, Capítulo III de Igualdad en el ámbito laboral, así como el Título III de Igualdad y Administración Pública.

 

Este II Plan de Igualdad tiene como principios rectores:

-          la igualdad de trato

-          la igualdad de reconocimiento

-          y la igualdad de representación

para mujeres y hombres. Con base en estos principios, se definen las acciones para lograr los objetivos planteados.


2.    ANÁLISIS DE LOS ÁMBITOS DE DISCRIMINACIÓN DEL PLAN.

Los ámbitos de discriminación sobre los que actúa este plan son los siguientes:

-          incorporar el principio de igualdad en la gestión y en la organización municipal

-          utilizar y garantizar un lenguaje no discriminatorio

-          utilizar y garantizar un lenguaje no discriminatorio

 

3.    IMPACTO Y RESULTADOS DEL PLAN

En mi opinión es un proyecto muy ambicioso en el que se desarrollan muchos factores que de conseguirse sería un gran logro. Se fijan bien los conceptos y los objetivos a desarrollar. Existen organismos de seguimiento y evaluación de la Igualdad en el Ayuntamiento como:

-          Grupos políticos

-          Personal voluntario (cinco vocales de diferentes áreas que deseen participar)

-          Sindicatos

-          Departamento de Recursos Humanos

Ya existe un Reglamento de la Comisión del I Plan, que se mantendrá y se adaptará con:

- Velar por el cumplimiento del Plan.

- Facilitar la asimilación y la implantación de la cultura de igualdad en la      organización.

- Asesorar a la organización en lo relativo al Plan de Igualdad.

- Impulsar el conocimiento efectivo del Plan en todo el personal del Ayuntamiento de Santa Pola.

- Crear un equipo que organice un plan de trabajo específico y sistemático, con personas que asuman responsabilidades concretas, para realizar el seguimiento del cumplimiento de las acciones del Plan.

- Mantener reuniones de trabajo, coordinación, seguimiento e información periódicas

- Crear herramientas concretas, sencillas y eficaces que permitan el seguimiento del Plan.

- Solicitar a todas las áreas implicadas, un cuestionario semestral de acciones del Plan, en desarrollo y cumplidas. Las áreas estarán obligadas a completar el cuestionario y enviarlo a la Comisión dentro del plazo. El cuestionario se enfocará de acuerdo a los indicadores del Plan.

- Crear un archivo de documentación vinculada al seguimiento del Plan de Igualdad.

- Emitir un informe anual de la situación de cumplimiento de las acciones del Plan, que se compartirá con todo el personal de la plantilla.

- Evaluar y dejar constancia documental del grado de cumplimiento de los indicadores del Plan.

- Realizar la evaluación final de la ejecución del Plan de cara a la finalización de su vigencia, de manera que exista la información necesaria para diagnosticar las necesidades de un futuro III Plan de Igualdad.

 

El impacto sin duda positivo en todos sus aspectos que se verán en los resultados tales como el cumplimiento de la igualdad en el acceso al empleo, conciliación de la vida laboral y familiar, igualdad en los procesos de formación y promoción de puestos de trabajo, igualdad en la promoción interna y el lenguaje no sexista en los escritos administrativos.

 

4.    PUNTOS FUERTES Y DEBILIDADES DEL PLAN

Como punto fuerte destacaría el enfoque que se le ha dado al plan en lo referente al entorno laboral así como en la conciliación de la vida laboral con el familiar, punto muy importante a mi modo de ver, ya que las que somos madres en muchas ocasiones nos vemos en una encrucijada a la hora de priorizar ya que el trabajo es nuestro sustento pero la familia…siempre es lo primero.

Como punto débil destacaría que no se establecen medidas concretas relativas a la mejora de la presencia de mujeres en cargos directivos, jefaturas, etc.

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